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Rajoy no espera 100 días: la ofensiva continúa

Revista Trasversales número 25 enero 2012

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Al ritmo que toma medidas el nuevo gobierno del PP pronto quedará corto este artículo. A decir verdad, el programa del PP empezó a aplicarse antes de las elecciones, en varias comunidades autónomas, pero aquí me centraré en los primeros pasos de este Gobierno, a través del RDL 20/2011 o por otras vías. Rajoy ha tomado el relevo en la ofensiva contra el bienestar social iniciada en mayo de 2010 y lo ha hecho con un fuerte acelerón una semana después de entrar en La Moncloa.

1. Salario mínimo y prestaciones sociales

a) El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) queda congelado en igual importe que en 2011, 641,40 euros mensuales, o 5,02 euros/hora en el trabajo doméstico por horas. Esa congelación representa una significativa pérdida de poder adquisitivo, ya que el Índice de Precios al Consumo aumentó un 2,9% entre noviembre 2010 y noviembre 2011. Esto afecta muy negativamente a personas con ingresos muy bajos y tiene efectos colaterales, por ejemplo sobre el valor real del mínimo no embargable en caso de embargo por deuda hipotecaria.
 El argumento de que se congela (se baja, en términos reales) para permitir el mantenimiento o la creación de empleos carece de rigor. Las empresas contratan por necesidades productivas, salvo cuando son enchufes de sus directivos. Un aumento del SMI del 2%, por ejemplo,  no va a determinar una nueva contratación. El objetivo real de esta medida es reducir costes laborales para aumentar beneficios empresariales. La hipótesis de que si aumentan los beneficios aumenta la inversión y por tanto el empleo también es falsa, especialmente en situación de crisis, en la que los beneficios extras conseguidos empeorando la retribución del trabajo no se reinvierten, como confirman los datos disponibles sobre utilización de la capacidad productiva, índice de producción industrial, aumento del consumo de lujo, etc.
Además, todo recorte del nivel de vida de franjas de la población asalariada, ya sean las peor pagadas o las vinculadas al sector público, tiene efecto indirecto en el resto de los salarios, exceptuando, claro está, a las capas superiores ejecutivas, que reciben parte de sus retribuciones en “forma salario” pero que se nutren, al igual que los “propietarios ”, del plusvalor generado por el trabajo asalariado.

b) El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) queda congelado en 532,5 euros mensuales, lo que implica una pérdida de nivel de vida para personas en situaciones de grave fragilidad social, ya que el IPREM es la referencia para la cuantía o el derecho a percibir beneficios sociales como subsidio de desempleo (80% IPREM), programa de recualificación profesional (75% IPREM), prestación por desempleo (sus topes mínimo y máximo dependen del IPREM), renta activa de inserción (80% IPREM) y otras rentas similares de ámbito autonómico, acceso a becas, ayudas a la vivienda, promociones de vivienda social, etc.
Los beneficios sociales dependientes del IPREM vienen deteriorándose sistemáticamente desde el 1/7/2004, fecha en que entró en vigor este indicador, a partir de la cual el SMI dejó ser la referencia utilizada. Desde 2004, la proporción IPREM/SMI ha pasado de un 93,8% a un 83%.

c) El programa de recualificación profesional, para personas que agoten la prestación contributiva de desempleo y no tengan derecho a subsidios de desempleo, que finaliza en febrero, se prorroga seis meses más, hasta 15/8/2012. Ese programa incluye una ayuda igual al 75% del IPREM (400 euros). Eso es mejor que no haberlo prorrogado, pero no cubre la difícil situación de las muchas personas y hogares que no reciben ningún ingreso, ante lo que urge una amplia alianza social por un ingreso mínimo garantizado.
d) Pensiones de viudedad en condiciones de fragilidad social: el RDL 20/2011 aplaza de forma indefinida el incremento de su importe mandatado por la Ley sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social, en una de las pocas contrapartidas que  daba a un duro recorte global del sistema de pensiones. Según dicha ley, el importe de estas pensiones debía pasar en ocho años de un 52% de la base reguladora a un 60%. Su monto en 2012 iba a ser un 53% BR.
La base reguladora se calcula con procedimientos dependientes de la situación personal (en activo o pensionista) y de la causa del fallecimiento (contingencia común o profesional).
Este incremento afectaría a personas con edad igual o superior a 65 años, sin derecho a otra pensión pública y que no perciban ingresos por trabajo u otro tipo de rendimientos o rentas que superen el límite anual de ingresos establecido para tener derecho a la pensión mínima de viudedad. Se trata, por tanto, de personas en condiciones sociales complicadas, a las que se quita su derecho a una pequeña mejora (su pensión en 2012 será un 1,9% inferior a lo previsto hasta el 30/12/2011). Eso es lo que el nuevo gobierno entiende por “austeridad”, mientras que mantiene “complementos de productividad” para altos cargos.

2. Medidas relacionas con la política de vivienda

a) Desaparece la “renta de emancipación para jóvenes”, ayuda al alquiler (210 euros mensuales) para jóvenes entre 22 y 30 años de edad con ingresos regulares menores a  22.000 euros anuales. Las ya concedidas se mantendrán hasta su extinción, no más de cuatro años después de su concesión. Esta prestación contribuía a aumentar el precio de los alquileres sin dar solución sostenible al problema de la vivienda, pero el nuevo gobierno del PP la suprime sin promover mejores alternativas.

b) Prorroga en 2012 del IVA reducido (4% en vez de 8%) por compra de edificios completos o partes de ellos “aptas para vivienda”, prolongando la medida adoptada por el Gobierno del PSOE para el periodo comprendido entre el 19/8/2011 y 31/12/2011. Si un especulador inmobiliario compra un edificio “apto para vivienda” por tres millones de euros, se le hará un regalo fiscal de 120.000 euros. Algunos expertos estiman que el coste fiscal de esta medida estará entre 750 y 1.000 millones de euros. Es evidente la regresividad fiscal de esta deducción, ya que cuanto más caro sea el piso o edificio que se compre más beneficio fiscal se obtiene. Mientras, las personas que no pueden pagar el alquiler o la hipoteca son expulsadas de sus casas.

c) Se cancela el límite de 24.107,20 euros de base imponible que los Presupuestos Generales del Estado 2011 establecieron para la deducción fiscal por compra de vivienda habitual realizada a partir del 1/1/2011; además, se hace de forma retroactiva, de forma que la limitación no llegará a aplicarse siquiera al IRPF 2011. Junto a la citada prorroga del IVA reducido, contribuirá al aumento de precios y alquileres. Son decisiones regresivas, injustas y favorecedoras de la burbuja inmobiliaria. Desahucios masivos desde 2007, creciente número de personas sin hogar, hacinamiento en viviendas en las que se reagrupan quienes vivían en casas diferentes, alza del “alquiler de habitaciones” y otros males sociales testimonian que la compra de vivienda no debe subvencionarse indiscriminadamente, pues hay que volcar recursos en la creación de una red pública de alquiler social orientada a las personas que no pueden comprar ni alquilar a precio de mercado. Se estima que la influencia de la generalización de la deducción a todo nivel de ingresos será, en el IRPF 2011, unos 150 millones de euros, pero ese coste fiscal crecerá rápidamente, al acumularse las compras que se hagan en años posteriores, tendiendo a ser unos 1500 millones de euros al año.
El derecho social a una casa digna en la que vivir es incompatible con la financiación pública de parte del coste de compra de las viviendas (o edificios), sobre todo si se generaliza esa deducción sin establecer un tope de ingresos. Eso no significa criticar o descalificar a las personas que se han o hemos hipotecado para comprar un piso, pues era lógico dado el altísimo coste que tenían y tienen los alquileres. No se trata de darnos latigazos por “haber vivido por encima de nuestras posibilidades”, lo que para la mayor parte de la población no es cierto, se trata de construir una alianza social para que el derecho a una vivienda digna tenga un contenido efectivo y sea un derecho reclamable a las instituciones públicas.

d) El Impuesto de Bienes Inmuebles de los años 2012 y 2013 aumentará para los inmuebles no residenciales, los residenciales cuya valoración catastral sea anterior a 2002 y el resto de residenciales que pertenezcan al 50% con mayor valor catastral en su municipio. El incremento establecido será del 4%, 6% o 10%, según fecha de valoración.
Los criterios establecidos darán lugar a  injusticias de trato, ya que entre el 50% de viviendas de menor valoración en municipios con elevados niveles de renta, que no pagarán este incremento, habrá muchas propiedad de personas más adineradas que otras propietarias de casas en el 50% de mayor valoración en municipios con bajos ingresos medios, que sí que tendrán que pagar este IBI plus. Para recaudar iguales o superiores ingresos fiscales a los que aportará este recargo lo más justo y eficaz sería mejorar el impuesto de patrimonio, de forma que pagasen más aquellas personas poseedoras de más patrimonio. La agitación contra el impuesto de patrimonio como “impuesto contra las clases medias” es demagógica, ya que, en la fórmula vigente, instaurada en septiembre de 2011, sólo lo pagarán unas 160.000 personas, una sexta parte de las que lo pagaban cuando fue suprimido durante la presidencia de Zapatero.

3) Medidas que afectan al sector público

a) Se congelan durante 2012 las retribuciones individuales y la masa salarial en todo el sector público y se cancelan los compromisos pactados de aportaciones a fondos de pensiones. A la disminución de salarios de un 5% en promedio que tuvo lugar en 2010, hay que sumar las pérdidas por los incrementos del coste de la vida en 2010 y 2011, más lo que se pierda durante 2012. Esta medida afecta también al muy numeroso personal precario del sector público (25%), cuyos puestos de trabajo están en alto riesgo, lo que evidencia la carga demagógica del argumento de que estos sacrificios son compensados por la “seguridad” de tener un empleo fijo.
El Gobierno se deja manos libres para “compensar” a sus fieles y a las élites de la Administración: el RDL 20/2020 permite el aumento de retribuciones por “contenido de los puestos de trabajo”, variación de efectivos asignados a un programa o consecución de objetivos, con autorización del Ministerio de Hacienda en el sector público estatal y sin control externo en comunidades y ayuntamientos. Además, se mantiene el 90% de los fondos para complemento de productividad de altos cargos y personal directivo del sector público, sin que se regule nada para comunidades y ayuntamientos; ese complemento es injustificable y debería ser suprimido totalmente.
A estos recortes hay que sumar los de comunidades autónomas y ayuntamientos. En la Comunidad de Madrid y País Vasco se han suprimido mejoras retributivas pactadas para las situaciones de baja médica por enfermedad común, en Cataluña tienen lugar graves recortes retributivos, etc. En diversas comunidades autónomas se ha elevado 2,5 horas semanales la jornada, lo que representa una disminución del 6,67% en el salario/hora.

b) Recorte de plantilla en el sector público. En 2012 no habrá incorporación de personal, salvo por ejecución de procesos selectivos de ofertas de empleo de ejercicios anteriores, ni se autorizarán, en el sector estatal, convocatorias de plazas vacantes de nuevo ingreso. Tampoco se harán los procesos de consolidación de empleo previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público, ni se contratará o nombrará personal temporal o interino salvo autorización  del Ministerio de Hacienda. Las vacantes por jubilación en 2012 serán amortizadas, es decir, desaparecerán.
En diversos medios de comunicación se está oyendo que la congelación de  plantilla no afecta a los cuerpos de funcionarios docentes, plazas de hospitales y centros de salud, fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado o comunidades autónomas, fuerzas armadas y cuerpos implicados en la acción contra el fraude fiscal. Esto debe ser precisado: lo que se fija para estos sectores en una tasa de reposición del 10%, lo que no quiere decir que se permita un aumento de plantilla del 10%, sino que se cargarán al menos el 90% de las plazas vacantes.

c) Aumentos de la jornada de trabajo en determinadas franjas del sector público. Para el sector público estatal, se establece que “A partir del 1 de enero de 2012, y para el conjunto del sector público estatal, la jornada ordinaria de trabajo tendrá un promedio semanal no inferior a las 37 horas y 30 minutos”. Sin embargo, la duración de la jornada general de trabajo en la Administración General del Estado y en otras muchas partes del sector público estatal ya era de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo, como fue establecido en una resolución de marzo de 2003: “La duración máxima de la jornada general de trabajo en la Administración General del Estado será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil seiscientas cuarenta y siete horas anuales”. En el sector ha creado gran confusión que se anuncie a bombo y platillo una norma que lleva años vigente.
Hay al menos tres motivaciones para este extraño comportamiento del nuevo presidente de Gobierno. La primera, que considere que “vende”, dado que uno de los logros ideológicos de las campañas de fragmentación y división de la “gente común” llevadas a cabo en los últimos años ha sido la “criminalización” de trabajadoras y trabajadores del sector público, que tienen muy difícil conseguir una solidaridad social generalizada, pese a las consecuencias nefastas que estas medidas tienen en la calidad y disponibilidad de los servicios públicos. La segunda, que la resolución de 2003 hablaba de “duración máxima”, mientras que el RDL 20/2011 habla de “no inferior”, lo que es un cambio radical en la regulación de las condiciones laborales en el sector público, pasando de regular la jornada máxima a regular la jornada mínima. La tercera es que, pese a que el decreto sólo se refiere al sector público estatal, da respaldo político a las comunidades autónomas que han elevado la jornada de trabajo de 35 a 37,5 horas semanales e incita a que ese camino sea seguido por otras comunidades y ayuntamientos en cuyos convenios colectivos se hubiese pactado la jornada de 35 horas. En sectores como Sanidad este aumento de la jornada puede dar lugar a la pérdida de miles de puestos de trabajo.
No es razonable que algunas personas en paro o que temen por su puesto de trabajo carguen su resquemor sobre las trabajadoras y trabajadores del sector público, sin pararse a pensar que cuanto menos empleo público haya y más personas sean expulsadas de él, más competencia entre trabajadores se genera y más difícil se hace encontrar o mantener empleos con ingresos dignos en el sector privado.

d) Este paquete de medidas tendrá graves consecuencias sobre el conjunto de la ciudadanía. Retribuciones menores, menos plantilla, jornadas más largas: conllevan un deterioro de la calidad de los servicios, cuando no su desaparición. Podríamos citar decenas de ejemplos sobre los efectos nocivos de las medidas tomadas en Madrid, Cataluña, País Valenciano, Castilla La Mancha, Castilla y León, etc. Nos limitaremos a uno de fuerte carga simbólica: en Tarragona quien sufra un infarto agudo y llegue al hospital a las 16,30 h. será trasladado ¡hasta Barcelona!, pues el horario es de 8 a 17 h. pero si se llega poco antes de las 17 h. tampoco atienden porque no daría tiempo a finalizar el tratamiento. Ese horario está vigente desde el año 2000, lo que tampoco era de recibo, pero antes se recurría a horas extras para atender a pacientes “fuera de horario”, lo que ahora está totalmente prohibido. En ese sentido, el peor error que puede/podemos cometer la población que no trabaja en el sector público es dejarse llevar por los demagógicos chistes sobre “funcionarios” vagos y apoyar los recortes que se están produciendo: lo pagaríamos carísimo.

4. Medidas relacionadas con las pensiones y el sistema de la Seguridad Social


a) El establecimiento de la revalorización de las pensiones 2012 y de sus cuantías mínimas apunta a un retorno a la normativa legal suspendida por el Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, que congeló las pensiones contributivas 2011 excepto las mínimas, pero esta consideración es provisional ya que la normativa a aplicar en 2012 no será conocida hasta la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado 2012, prevista para marzo.
El RDL 20/2011 incrementa un 1% las pensiones del Sistema de la Seguridad Social, en aplicación del artículo 48.1.1 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), “Las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, incluido el importe de la pensión mínima, serán revalorizadas al comienzo de cada año, en función del correspondiente índice de precios al consumo previsto para dicho año”. Es altamente dudoso que el IPC real 2012 coincida con el previsto, pero el artículo 48.1.2 de la LGSS determina que durante el primer trimestre de 2013 se cobrarían, en pago único, los atrasos debidos al posible exceso del IPC real sobre el previsto. Una de las cosas que quedan pendiente de confirmación en los PGE 2012 es que efectivamente se recuperará para 2012 la aplicación de ese criterio, que fue suspendido para 2011, por lo que en 2012 no se cobrarán atrasos por la desviación entre el IPC 2011 previsto y el real, salvo paea las pensiones mínimas, pero eso deriva de disposiciones de mayo de 2010 y no es achacable al actual gobierno, aunque éste podría haber devuelto ese derecho retroactivamente, como ha hecho con las deducciones por compra de vivienda.
Las cuantías mínimas fijadas para las pensiones del sistema de la Seguridad Social, también en aplicación del artículo 48.1.1, aumentarán un 2,9% sobre su importe actualizado en diciembre de 2010, y, sobre el monto ya incrementando, un 1% (IPC previsto 2012), tal y como establece el artículo 48.1.1 de la LGSS. Por ejemplo, la pensión mínima contributiva para mayores de 65 años sin cónyuge a su cargo pasa en 2012 a 618,90 euros mensuales, un 2,9% más que la cuantía mínima que rigió durante 2011, aunque sólo un 1% más (IPC 2012 previsto) que dicha cuantía actualizada según IPC real 2011. Cabe recordar que las cuantías mínimas fueron excluidas de la congelación de 2011.
Las pensiones no contributivas para 2012 se incrementan respecto a 2011 con el mismo criterio utilizado en la actualización de las pensiones mínimas de la Seguridad Social. El artículo 52 de la LGSS establece que deben actualizarse, al menos, en el porcentaje en que aumenten las pensiones contributivas, por lo que no podría haberse establecido un aumento menor sin suspender la aplicación del citado artículo. Durante el primer trimestre de 2012 las personas perceptoras de pensiones no contributivas en 2011 recibirán un pago compensatorio por la desviación entre IPC previsto e IPC real.

b) Las bases máximas de cotización aplicables en los distintos Regímenes de la Seguridad Social se incrementan un 1% respecto a 2011, lo que disminuye el valor real de las cotizaciones y aumenta la regresividad del sistema utilizado. Al hablar de valor real nos referimos a “capacidad de compra”: si la base máxima sube un 1% pero los precios han subido un 2,9%, la nueva base máxima representa menos valor de compra que la de 2011. Pasa de 3.230,10 euros a 3.262,40 euros mensuales. Para mantener el mismo valor real que en 2011, la de 2012 debería ser 3.323,80 euros, 61 euros por encima de la fijada. Al ser cada vez menor la riqueza real equivalente a la cotización social de los altos salarios se genera una descapitalización progresiva de esas cotizaciones, pues cada vez aportan menos ingresos en términos reales. Esta tendencia ha sido mantenida año tras año por sucesivos gobiernos, ya que la base máxima suele actualizarse según “inflación prevista” sin proceder a su actualización una vez conocida la inflación real. Así, por ejemplo, tomando como referencia el “periodo euro”, para que la base máxima de cotización 2012 tuviese el mismo valor real que el 1 de enero de 2002, tendría que estar en 3.391 euros, por lo que desde entonces el valor real de la base máxima de cotización ha disminuido un 3,8%.

c) Se aplaza, de forma indefinida, el incremento gradual de las pensiones de viudedad en determinadas condiciones de fragilidad social que debería iniciarse a partir del 1/1/2012 (ver apartado 1d de este documento).

5. Modificaciones en el IRPF

Se establecen para 2012 y 2013 dos gravámenes de la cuota del IRPF, uno sobre la base liquidable general y otro sobre la base liquidable de ahorro (por ejemplo, rentas procedentes de beneficios obtenidos vendiendo acciones o a través de un fondo de inversión). Aunque esta reforma provisional añade una pizca de progresividad fiscal al IRPF, eso no quiere decir que la política fiscal aplicada por el PP sea “progresista”, por el contrario es muy regresiva.

a) Gravamen sobre la base liquidable general (BLG)

Para 2012 y 2013 se establece un gravamen diferenciado en siete tramos. Los primeros 17.707 euros se gravan con un 0,75% adicional; los siguientes 15.300 euros, 2%; los siguientes 20.400, 3%; los siguientes 66.593 euros, 4%; los siguientes 55.000 euros, 5%; los siguientes 125.000 euros, 6% y, de ahí en adelante, un 7%. A ello habrá que restar el resultado de aplicar esta misma escala al mínimo personal y familiar (unos 40 euros en un caso sin complementos por edad, ascendientes o descendientes, discapacidad).
Es cierto que se introduce más progresividad fiscal (pague más quien más tiene) que la existente hasta ahora, aunque reducida exclusivamente al IRPF, y que es mejor un aumento progresivo del IRPF que un aumento del IVA (siempre regresivo salvo si se aplica sólo a bienes de lujo). Es cierto que, según estimación del sindicato Gestha, el 50% de este gravamen procedería de declarantes con base liquidable general no superior a 53.407 euros, pero también lo es que esas personas representan un 94,6% del total de declarantes, por lo que el otro 5,4% aportará la otra mitad del gravamen. Los declarantes con BLG superior a 120.000 euros son un 0,8% del total, y, según el estudio citado, aportarían en torno al 22,2% del gravamen, mientras que el 55,2% con menos BLG aportará el 5,8% del gravamen.
Considerada la medida de forma aislada, lo que cabe objetar a ella es que en las condiciones actuales, en las que se está produciendo una pérdida del poder adquisitivo de los sectores menos “pudientes”, habría que haber creado un tramo inicial sin gravamen, pues no son admisibles más recortes de ingresos a quienes menos tienen, mientras que quienes más tienen siguen pagando bajos o nulos impuestos en proporción a su riqueza, pese a este modesto recargo en el IRPF. Más adelante juzgaremos estas medidas en el contexto general de la política del PP, considerando el destino del monto de estos gravámenes.

b) Gravamen sobre la base liquidable del ahorro (BLA)

También se instaura un gravamen extra para 2012 y 2013 sobre la base liquidable del ahorro (BLA), sobre los beneficios derivados de fondos de inversión, venta de acciones, etcétera. Los primeros 6.000 euros se gravan con un 2%, adicional, los siguientes 18.000 euros con un 4% y el resto con un 6%. Este gravamen tiene dos aspectos positivos respecto a la situación anterior: uno que, en el marco limitado de las rentas del ahorro, también aporta más progresividad al sistema, pues del monto total de este gravamen, según la estimación de Gestha, el 0,9% de los declarantes pagarán el 61,1%; otro, el hecho mismo de que este tipo de rentas paguen más, ya que tenían y tienen un régimen fiscal muy privilegiado respecto a las rentas del trabajo.
La crítica a realizar a este gravamen es su insuficiencia, pues, pese al recargo, mantiene una situación de trato discriminatorio según el origen de las rentas, lo que resulta especialmente favorable para quienes tienen altos ingresos “del ahorro” o en ambos rubros. Debería existir una única escala progresiva en la que se integren todos los ingresos. Pongamos el caso de dos personas con base liquidable total de 150.000 euros, pero un caso todos procedentes de la BLG y en otro 120.000 de la BLG y 30.000 de la BLA. La segunda, pese a tener iguales ingresos que la primera, se ahorraría unos 6.600 euros.

c) Conclusiones generales sobre la política fiscal del PP


Con igual ánimo que con el que hemos señalado aspectos positivos de los gravámenes al IRPF establecidos en el RDL 20/2011, nuestra conclusión general es que la política fiscal global del PP es muy reaccionaria y regresiva.
En primer lugar, la “progresividad” es muy parcial, pues se limita a rentas sometidas a IRPF, sin afectar a los grandes núcleos de acumulación de beneficios y rentas “de hecho”. Nos referimos a las SICAV, donde las grandes fortunas, sin control de la Agencia Tributaria, gestionan su riqueza con una imposición del 1% sobre los beneficios mientras no los retiren (¿y para qué los van retirar si tienen dinero de sobra e incluso puede ser que en algunos casos carguen a la SICAV muchos gastos personales?). Nos referimos al impuesto sobre beneficios de las sociedades, que, sobre todo para grandes empresas, gozan de tantas deducciones y trucos que el tipo medio efectivo está muy por debajo del tipo legal; Rajoy anunció nuevas rebajas en este impuesto. Nos referimos al fraude fiscal, ante el cual la política del PP es tan “ambiciosa” que se ha marcado para 2012 objetivos por debajo de los resultados obtenidos en 2011. Mientras todo esto no se aborde, la política fiscal, en lo que se refiere a la procedencia de los ingresos, seguirá siendo marcadamente regresiva.
Además, la política fiscal debe juzgarse por cómo obtiene ingresos y por cómo se emplean. De nada bueno sirve una fiscalidad que aumente un poquito la aportación individual en el IRPF de quienes más tienen si, al gastar, se devuelve a los ricos mucho más que el plus aportado, quitando a la gente común derechos y prestaciones. Las intenciones de Rajoy son inequívocas, a la vista de sus proyectos, de sus primeras medidas y de la práctica del PP en las comunidades autónomas: sus planes, como los llevados a cabo por el PSOE desde mayo de 2010, transfieren rentas y derechos desde la gente modesta a la gente “pudiente”.
En consecuencia, en vez de centrarse en la crítica a la subida del IRPF por haber mentido Rajoy (¡cierto!), sin pringarse respecto a contenidos, proponemos un punto de vista “de clase” en sentido amplio, un punto de vista “desde abajo”, que pide una recaudación fiscal más ambiciosa, progresiva y socialmente justa que la actual, pero también plantea una exigencia sobre la orientación de los gastos: más impuestos, sí, pero justos y para garantizar vivienda a toda persona, para garantizar ingresos mínimos a las personas que no logran conseguirlos con su trabajo, para mantener y mejorar los sistemas públicos educativo y sanitario, para promover políticas fuertes de impulso de la igualdad entre mujeres y hombres, para impulsar la investigación, para asegurar ingresos justos y suficientes a las personas mayores..., no para abaratar despidos, no para dar regalos a las empresas con beneficios mientras que se ahoga a pymes viables pero coyunturalmente sin ganancias ni financiación, no para derrochar en beneficio de las élites, no para regalar dinero a los gestores de fondos de pensiones y a empresas inmobilarias subvencionándolas indirectamente mediante las deducciones por compra de vivienda e inversiones en fondos, etc.

6. Algunas otras medidas

a) Congelación del permiso de paternidad. La Ley 9/2009, de 6 de octubre, estableció que el 1/1/2011 el permiso de paternidad se ampliaría a 28 días. El gobierno Zapatero a través de los Presupuestos del Estado 2011 pospuso su entrada en vigor hasta 2012. El RDL 20/2011 del gobierno Rajoy lo pospone ahora hasta 2013. ¿Así hasta cuando?
(Ver...  http://www.igualeseintransferibles.org/)

b) Modificación de la Ley de Autonomía Personal. La ley establecía que en los años 2011 y 2012 obtendrían derecho a prestaciones las personas valoradas en el Grado I de dependencia moderada nivel 2. El RDL 20/2011 suspende ese proceso durante 2012, de forma que las personas pendientes de reconocer el derecho no podrán obtenerlo hasta 2013. En cuanto a las personas con grado I, nivel 1, que se incorporarían durante 2013 y 2014, se ha establecido que lo harán todas a partir de 2014. También se ha modificado la ley para introducir el término “a partir de”, de manera que nada asegura que las incorporaciones “a partir de” 1/1/2013 y 1/1/2014 se realicen en los años citados.

c) Avales del Estado a entidades financieras

Si, por un lado, se mantiene la reserva de 92.543,56 millones de euros para garantizar las obligaciones del Estado Español como partícipe de la Facilidad Europea de Estabilidad Financiera, tal y como ya figuraba en los presupuestos 2011, el RDL 20/2011 reserva 100.000 millones de euros adicionales para avales a emisiones de bonos y obligaciones hechas por entidades de crédito residentes en España. El RDL compromete al Estado no sólo al pago del principal y de los intereses, sino también al pago de una “compensación” adicional a los poseedores de los títulos.
Si no se dan avales o si se dan pero las entidades avaladas cumplen sus compromisos, esto no costará nada, pero si se otorgan y los bancos avalados no pagan estarán en riesgo hasta 100.000 millones de euros... cuando todos los  recortes citados y otros que vendrán se “justifican” diciendo que hay que reducir el déficit en 36.500 millones, poco más de la tercera parte de la reserva para avales.

7. Más allá de la economía


Para terminar, lo que no es “economía”, pero tiene que ver con los derechos y la libertad. Ya han anunciado la cadena perpetua “revisable”, monstruosidad jurídica; la “Justicia” con privilegios para quienes puedan pagar por ello, como si el dinero no marcase ya suficiente discriminación a través del pago de abogados, fianzas, respeto escandaloso a los poderosos (hay sentencias que dan miedo), etc. También se proponen quitar a las jóvenes de 16 y 17 años su derecho a decidir si son o no son madres en caso de quedarse embarazadas, a la vez que hablan de castigar más a las y los menores que cometan delitos. Y volviendo a lo “socioeconómico”, anuncian que impondrán una reforma laboral, otra más, si CCOO y UGT no aceptan seguir haciéndose el harakiri y desprestigiándose socialmente firmando pactos absurdos sin conseguir nada a cambio.

8. A modo de conclusión provisional


Una parte de las izquierdas pierde el tiempo discutiendo si el PP y el PSOE son iguales o distintos y cosas así. Otra, quejándose de cómo vota la gente. Otra, convocando pequeñas manifestaciones por la huelga general sin convocarla y sin decir si están pidiendo que alguien lo haga. No es útil. Lo evidente es que todos los gobiernos europeos se han comprometido con un plan de deterioro duradero de las condiciones de vida populares y aplican planes beneficiosos para las élites capitalistas y para las élites políticas. Lo evidente es que a los recortes impuestos desde mayo de 2010 se siguen sumando otros y que el PP tiene bastantes más previstos en cartera. Lo importante es que ante esos planes sólo hay una oposición real y capaz, la que surge de la calle. Lo que hace falta es entender que tenemos que defendernos, en una situación extraordinariamente difícil, que lo que está ocurriendo sólo es inevitable si no somos capaces de aliar la potencia social, en un esfuerzo al que hay que dar la bienvenida a cualquiera que se sume, sin sectarismos, pero sin permitir tampoco manipulaciones interesadas. Nadie sin comida, sin casa, sin atención sanitaria, sin enseñanza de calidad, sin derechos, igualdad social, igualdad entre mujeres y hombres: no nos perdamos en tecnicismos, como si “ellos” no supiesen las alternativas que hay. Unión y movilización por lo nuestro. Sólo así cambiaremos las cosas.


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