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Armando Montes

El RDL 20/2012: Rajoy acosa a las personas dependientes

Revista Trasversales número 26,  julio 2012 (web)

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Puestos a cortar, Rajoy tiene claro que los hay intocables e "incortables". Por descontado, los defraudadores, que se merecen una buena amnistía e incluso se les insinúa que pueden mentir en las fechas que atribuyan al dinero negro que aflore porque no será investigado. Por descontado, no a los miles y miles de asesores, consejeros y demás fauna de libre designación con sueldazos a costa de las administraciones públicas. Tampoco, claro, va a ponerse a "perseguir" a las grandes empresas para que dejen de pagar menos impuesto de sociedades que las medianas y pequeñas. Eso, ya se sabe, es el "chocolate del loro", aunque da la impresión de que esos loros no toman chocolate sino el más caro champagne con el más caro caviar, visto lo que ganan y lo que derrochan.

Así que Rajoy corta por otros sitios. Y cuál mejor, habrán dicho, que llos derechos y prestaciones de las personas dependientes. Al recorte presupuestario y a los retraso en el acceso a las prestaciones de dependencia ya puestos en marcha en normas anteriores, desde el RDL 20/2011 de diciembre hasta los PGE, el RDL 20/2012 añade nuevas medidas.

1. Las situaciones de dependencia, que se dividían en tres grados (I moderada, II severa, III gran dependencia) subdivididos cada uno en dos niveles (1, 2), pasan a clasificarse solamente en los grados citados. La incidencia social de esta medida dependerá de los servicios que se asocien a cada grado, pues la unificación de niveles puede hacerse a  la alta o a la baja. El cariz de las políticas que se están aplicando no permite ser muy optimista al respecto: dado que estas medidas no se toman para elevar el nivel de derechos sino para reducir la inversión social, poca duda cabe de que este cambio se ha ha hecho con la idea de rebajar prestaciones. Y los comportamientos mantenidos por los que mandan en las administraciones públicas hacen temer que el uso de una jerarquía de situaciones de dependencia menos precisa fomente el manejo clientelista, ya sea individual o territorial, de las resoluciones.

2. Y, efectivamente, se produce, en primer lugar, un retraso en el acceso a las prestaciones, pues el RDL 20/2012 retrasa el acceso a las prestaciones para las personas del Grado I de dependencia moderada:
- Para las personas que fueron valoradas en Grado I, nivel 2, se pospone del 1/1/2013 al 15/7/2015.
- Para las personas que lo fueron en el Grado I, nivel 1, o lo sean en el Grado I se pospone del 1/1/2014 al 15/7/2015.
Este recorte, además del significado que en sí mismo tiene, ilustra bien la lectura que debemos hacer de la supresión de los niveles: como puede verse, el trato que se da a todas las personas a las que se evalue en el Grado I es el mismo que se da a las que fueron evaluadas en el nivel 1 del Grado I, produciéndose la equiparación a la baja de la que hablaba en el apartado anterior.

3. La prestación económica de asistencia personal, que antes estaba dirigida sólo a personas con gran dependencia, podrá concederse a personas en situación de dependencia en cualquiera de sus grados. Aunque formalmente es una ampliación del derecho, si no hay aumento de los fondos destinados a ello, que no lo hay, quizá sólo sirva para dejar sin prestación a quienes más lo necesitan y para facilitar maniobras clientelares. En estos momentos, muchas personas con gran dependencia siguen careciendo de esa prestación pese a necesitarla y este cambio no facilita que la consigan.

4. En cuanto a los servicios de ayuda a domicilio, a partir de ahora los relacionados con la atención de las necesidades domésticas o del hogar sólo se concederán a personas a las que también se concedan servicios relacionados con la atención personal en la realización de las actividades de la vida diaria, lo que excluye a las personas que no están en condiciones de hacer las tareas domésticas pero sí de autocuidarse en otras actividades, como ducharse, vestirse, salir a la calle, etc.

5. El derecho de acceso a las prestaciones económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo  a cuidadores no profesionales queda sujeto a un plazo suspensivo máximo de dos años a contar desde la fecha de la resolución de reconocimiento de las prestaciones o, en su defecto, desde el trascurso del  plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud. Hasta ahora ese derecho se generaba en la fecha de resolución o a los seis meses de la solicitud, como sigue ocurriendo con las demás prestaciones por dependencia. Por tanto, la efectividad de la ayuda podrá posponerse hasta dos años y medio después de la solicitud sin derechos a cobro retroactivo. En bastantes casos la persona afectada morirá en ese período, sin respuesta o con respuesta pero sin efectividad.
A las personas que a la entrada en vigor del decreto-ley tuvieran reconocida esta prestación pero aún no hayan comenzado a percibirla, se les ha quitado el derecho a percibirla de forma retroactiva por el periodo que medie entre la entrada en vigor del RDL 20/2020 y la fecha en que comiencen a percibirla.
¿Por qué está medida afecta sólo a la modalidad de cuidados en el entorno familiar y apoyo  a cuidadores no profesionales? Creo que está claro: pese a que la ley la preveía como forma secundaria, dado que ni el anterior gobierno ni éste apostaron por el cuidado profesional, en estos momentos es la forma predominante, sobre la que el Gobierno actúa para reducir la inversión social y poder seguir sosteniendo los privilegios de unos cuantos.

6.  Las cotizaciones a la Seguridad Social de las personas cuidadoras no profesionales a cargo de personas en situación de dependencia  pasan a ser voluntarias y a su cargo. Hasta ahora esa cotización era asumida por la Administración General del Estado a través de convenios especiales. Además, la paga de las personas cuidadoras no profesionales ha sido rebajada en un 15%.
Esta modalidad de cuidados es la menos adecuada y potencia la marginación de las mujeres del mercado laboral, pero, pese a las declaraciones de Ana Mato, los recursos sustraídos no potenciarán las modalidades profesionales de cuidados, por lo que este recorte lleva a una mayor precariedad de las personas cuidadoras pero no al desarrollo de un servicio público de cuidados.

¿Qué hacer? Unirse y movilizarse. Una y otra vez. Hasta echarles.


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